El Gobierno difundió que le ordenó a las empresas de gas no facturar con ningún tipo de aumento, incluso el que fijó un tope del 400 y 500% en las tarifas, hasta que haya una resolución judicial, a partir de lo cual el titular del Juzgado Federal 4 de La Plata, Alberto Recondo, decidió rechazar una medida cautelar que objeta la validez de las últimas resoluciones tomadas por el Ministerio de Energía en el tema tarifas.
Fuentes judiciales señalaron que la nueva resolución no implica que el Gobierno quede habilitado a implementar el nuevo cuadro tarifario con los topes del 400 y el 500 por ciento para usuarios residenciales y comercios, ya que se mantiene vigente en instancia superior la suspensión dispuesta por la Sala II de la Cámara Federal de la Plata, que ya fue apelada por el Gobierno y que se encuentra bajo análisis actualmente.
La medida dada a conocer esta tarde rechazó la suspensión de las resoluciones cuestionadas por el Cepis que dispusieron los topes máximos de 400 y 500 por ciento en la suba del cuadro tarifario del servicio público de gas, para usuarios residenciales o comerciales respectivamente.
El magistrado, además de rechazar la suspensión de las resoluciones remitió la causa a la Sala II de la Cámara Federal platense, tal como había ordenado ayer ese cuerpo para unificar los expedientes iniciados en distintos fueros y jurisdicciones de todo el país sobre la cuestión tarifaria.
La resolución de Recondo se concretó luego que el Gobierno nacional comunicó por la mañana al magistrado platense que ya le ordenó a las empresas de gas no facturar con ningún tipo de aumento, incluso el que fijó un tope del 400 y 500% en las tarifas, hasta que haya una resolución judicial.
La decisión oficial fue comunicada mediante un escrito remitido por el titular de la Procuración del Tesoro, Carlos Balbín, al juez Recondo, quien ayer había pedido esa información para expedirse sobre la nueva medida cautelar.
El pedido de suspensión del nuevo tope fue respaldado por la fiscal federal Ana Russo, basándose en que, al igual que el incremento tarifario inicial, el límite fue establecido sin pasar por las audiencias públicas que exige la normativa vigente.
En el fundamento de su fallo, Recondo destacó que las aseveraciones públicas del jefe de Gabinete, Marcos Peña, respecto a que los usuarios no debían pagar las facturas de gas hasta tanto la justicia no resuelva la cuestión, que además fueron refrendadas por la disposición del Ministerio de Energía transmitida al Enargas en tal sentido.
En otra instancia judicial, el Gobierno confía en que la resolución final será la que adopte la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para lo cual aguarda que la Cámara Federal de La Plata acepte el recurso extraordinario presentado por el Ministerio de Energía contra el fallo que suspendió el incremento de tarifas.
El tribunal de feria de la Cámara debería definir en los últimos días de julio si acepta el recurso y remite el expediente a la Corte Suprema, para lo cual dispuso ayer que se le remitan todas las causas abiertas en contra del incremento tarifario y que suman 46 medidas cautelares otorgadas por jueces de todo nivel y de distintos puntos del país.
El Gobierno había intentado canalizar todos esos reclamos a través de la Cámara en lo Contenciosos Administrativo Federal de la Capital, pero la Cámara Federal platense ordenó que le sean emitidos a ella por haber dictado el fallo con alcance general.
Anticipando que el tema puede llegar a la Corte Suprema, la Asociación de Defensores del Pueblo remitió una carta al presidente del tribunal Ricardo Lorenzetti para ponerse «a disposición en búsqueda de una solución al grave problema que produjo el aumento de servicios públicos».
Los Defensores del Pueblo reafirmaron hoy su solicitud de convocatoria a Audiencias Públicas previas al tratamiento de un nuevo régimen tarifario integral para los servicios de energía eléctrica, gas y agua. (mejorinformado)