El Pais, Miércoles 07 de Septiembre
Para “disminuir la vulnerabilidad de los menores como posibles víctimas de redes de trata de personas”, el Gobierno nacional dispuso más controles para el viaje de menores de edad en los micros de media y larga distancia.
Así se publicó en el Boletín Oficial por una resolución del Ministerio de Transporte de la Nación.
El artículo 3° indica que “Resulta oportuno y conveniente regular las autorizaciones de viaje para menores de edad que se trasladen en el transporte interjurisdiccional de pasajeros por automotor de carácter nacional del ámbito interurbano, con el objeto de disminuir su vulnerabilidad como posibles víctimas de redes de trata de personas o intentos de sustracción, entre otros riesgos a los cuales están expuestos”.
También se contempló que para el traslado de menores que no hayan alcanzado los 18 años que no estén en compañía de un representante legal, “la empresa de transporte deberá instrumentar un mecanismo ágil para controlar la autorización previa de quien ejerza la representación legal del menor, salvo en el caso de emancipación previsto en el Código Civil y Comercial de la Nación”.
En el artículo 4° se establece que la autorización para que un tercero pueda acompañar a un menor de edad podrá ser otorgada por escribanos, cuya firma deberá estar legalizada por el Colegio de Escribanos correspondiente; un juez competente; o una autoridad competente del Registro de Estado Civil. Además, estipula que cuando los menores estuvieren emancipados por matrimonio deberán presentar el acta de matrimonio. En tanto, los adolescentes de entre 13 y 17 años podrán viajar sin acompañante si cuentan con la autorización previa.