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Luego del reto del STJ hubo cataratas de excusaciones

Luego de una larga lista de magistrados que se excusaron, incluidos ellos, los jueces de control Carlos Matías Chapalcaz y Carlos René Ordas serán quienes dicten la nueva sentencia en el caso de los presuntos abusos sexuales ocurridos en el JIN 12 de la ciudad de 25 de Mayo. Así se lo notificaron ayer a las defensas de los imputados, cuatro docentes que recuperaron la libertad hace un año y medio, cuando el STJ anuló la sentencia en su contra y ordenó dictar un nuevo fallo al Tribunal de Impugnación Penal.
El asunto es que ni Ordas, ni Chapalcaz integran el tribunal de alzada. Es que todos los miembros del TIP se excusaron de participar, del mismo modo que lo hizo cada uno de los jueces que fueron convocados para ese fin. Así lo explicó Omar Gebruers, uno de los abogados defensores, quien aseguró que los que finalmente fueron seleccionados también intentaron apartarse pero no lo lograron.
El 30 de diciembre de 2017, el STJ consideró que existió «arbitrariedad» por parte de los jueces que condenaron a los cuatro docentes por los abusos en un jardín de infantes de 25 de Mayo, al advertir que no se analizaron con «profundidad» las pruebas presentadas por las defensas» y advirtió que «las pruebas quedaron reducidas al ‘testimonio de oídas’ de los padres».
En su fallo, la Sala B -integrada por Fabricio Losi y Elena Fresco-, declaró inválida la sentencia condenatoria por «por existir arbitrariedad en los términos de la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación», y le ordenó al Tribunal de Impugnación Penal que con una integración diferente dicte un nuevo fallo «a la mayor brevedad posible».
La mayor brevedad no fue posible. Recién a tres meses de cumplirse dos años de aquella resolución de Losi y Fresco, la Justicia logró conformar la integración del TIP que dictará el nuevo fallo y lo hizo con la designación de dos jueces que no integran ese tribunal porque quienes sí lo integran se excusaron.
«Chapalcaz y Ordas son jueces de control pero como se han excusado más de 20, al final terminaron ellos, que también se excusaron pero no les hicieron lugar al pedido y les ordenaron que dicten sentencia. Esto en cumplimiento de lo dispuesto por el STJ que ordenó el dictado de una nueva sentencia por una sala del TIP con distinta composición que la primera que intervino», explicó Gebruers a LA ARENA.
-¿Qué expectativas tiene respecto del fallo que pueda salir?
-La sentencia del STJ era bastante indicativa de que no había pruebas absolutamente de nada de lo que se los había acusado y prácticamente la única solución posible que queda es la absolución.
-¿Cree que el TIP se expedirá pronto?
-No va a pasar mucho tiempo, creo que en dos meses a lo sumo tendríamos una sentencia. No hay que olvidar que los docentes estuvieron casi tres años detenidos, que los liberaron con la sentencia del STJ pero desde entonces, hace casi dos años, están concurriendo a la fiscalía a firmar todas las semanas. Están sometidos a reglas de conducta, no tienen contacto con niños, por imposición de esta sentencia y están trabajando en el Ministerio de Educación, como antes, pero con tareas adecuadas a esta prohibición de relacionarse con niños y público en general.
-¿Cuál es la situación actual de sus defendidos?
-Están trabajando en forma regular, a uno de ellos los habían designado vicedirector de un colegio secundario y luego se jubiló. Los otros están en tareas administrativas que fueron consensuadas con la defensa en cuanto al lugar de trabajo y demás, que no es más en 25 de Mayo. Sin perjuicio que el MCE nos ha negado hasta ahora el pago de los salarios caídos mientras estuvieron detenidos.
-¿En qué instancia está ese reclamo?
-Se agotó la vía administrativa y estamos en una demanda contencioso administrativa en el STJ. Fueron 35 ó 36 sueldos que cada uno de los cuatro no pudo cobrar, además se estiman los ascensos que les hubieran correspondido y los aumentos salariales. No se les hicieron los aportes jubilatorios y de obra social.

Por testimonios �de oídas�
Los docentes que fueron condenados en el juicio por los supuestos abusos sexuales, el 1 de febrero de 2017, fueron Marcelo Tatavitto Roade, Gabriela Angélica Bastías y Oscar Aníbal López, mientras que María José Tello, lo había sido por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. Tatavitto había sido condenado a 18 años de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por haber provocado un grave daño en la salud mental de un menor; abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de otro niño; y por su participación en el abuso sexual gravemente ultrajante de un tercer menor.
López y Bastías recibieron penas de siete años de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de uno de esos tres alumnos. Tello, tres años y seis meses de prisión y siete de inhabilitación especial para desempeñar cargos públicos, por incumplimiento de los deberes de funcionario público. El mismo fallo del Tribunal de Audiencia que llevó a cabo el juicio había absuelto a Tatavitto y Tello por el beneficio de la duda en otros tres casos.
El 19 de mayo de ese año, la Sala B del Tribunal de Impugnación Penal, integrada por los jueces Mauricio Piombi y Fernando Rivarola, confirmó el fallo de primera instancia y las defensas fueron en Casación al STJ. Horas antes de la llegada del año 2018, el STJ nulificó el fallo condenatorio, ordenó que otros jueces del TIP dicten un nuevo fallo y liberó a los que estaban en prisión aunque les ordenó fijar domicilio en Santa Rosa, presentarse cada 20 días en la Oficina Judicial, no salir del país, abstenerse de contactarse con las víctimas y acercarse a menos de 500 metros del colegio.
El STJ argumentó que los magistrados que llevaron adelante el juicio y el TIP tomaron en cuenta, como núcleo probatorio central, el testimonio �de oídas� de los padres y familiares respecto de cosas que sus hijos les habrían contado, pero que no dijeron ni en Cámara Gesell ni en las entrevistas con el perito forense de la Corte, Martín Segovia.

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