Desde la Secretaria Hacienda y Finanzas de la Municipalidad a cargo del Contador Gabriel Perez; en dialogo con Radio Municipal presento la Nueva Moratoria 2016.
«Se busca generar una Cultura de Pago en los vecinos y liberar a la Gente de su deuda a través de un Plan de Pago».
Moratoria 2016
PLAN ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN Y FACILIDADES DE PAGO
DEUDAS ALCANZADAS:
• TASAS MUNICIPALES
• LICENCIA COMERCIALES
• LIQUIDACIONES ESPECIALES DE SERVICIOS PÚBLICOS
• CONTRIBUCIÓN DE MEJORAS
Todas las deudas vencidas al 31 de Diciembre de 2015.
Además se incluirán aquellas obligaciones que se encuentren en curso de discusión administrativa, extrajudicial o judicial.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
• hasta el 30 de Abril del 2016
PLAN DE FACILIDADES DE PAGO:
• Contado; o
• Plan de pago en cuotas
PLAZO DE FINANCIACIÓN Y CUOTAS:
El plazo total no podrá superar los 18 meses.
Se deberá ingresar la primera cuota al momento del acogimiento.
El importe de cada cuota no podrá ser inferior a $ 150 (CIENTO CINCUENTA PESOS).
Se aplicará a partir de la segunda cuota un interés por financiación del 1.5 % mensualmente.
CUMPLIMIENTO:
La falta de pago de 2 (DOS) cuotas consecutivas o 3 (TRES) alternadas, producirá automáticamente y de pleno derecho, las pérdida de los beneficios previstos en la presente. Igual criterio se aplicará en el supuesto de falta de pago por más de 2 (dos) períodos de las obligaciones fiscales corrientes que se fueren devengando durante el lapso de vigencia del plan de pago escogido.
REDUCCIÓN DE INTERESES RESARCITORIOS:
Tributos
Contado
De 2 a 6 cuotas
De 7 a 12 cuotas
De 13 a 18 cuotas
Servicios Públicos Municipales y Licencias Comerciales
100 %
50 %
25 %
0 %
DERECHO DE CONSTRUCCIÓN:
Facilidad de carácter permanente.
PLAZO:
Hasta 3 cuotas iguales y consecutivas sin interés.
Se deberá ingresar la primera cuota al momento del acogimiento.
ENTREGA DE PLANOS:
Para la entrega de los planos originales al titular, deberá presentarse libre deuda sobre el derecho de construcción del inmueble.
HABILITACIÓN COMERCIAL PROVISORIA:
En caso de que el inmueble se afectare de forma total o parcial al ejercicio de una actividad comercial que necesitare habilitación por este municipio, se otorgará al comerciante una habilitación provisoria durante el tiempo que durare el compromiso de pago acordado por convenio para el derecho de construcción.
FALTA DE PAGO:
La falta de pago producirá automáticamente y de pleno derecho la pérdida de los beneficios previstos en la presente y la baja automática de la habilitación provisoria otorgada y regirá el artículo 6 de esta ordenanza.
PAGO CONTADO:
Se otorgará un descuento del 10% sobre el valor total.