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Reforma del Código Penal: ¿cuáles son los cambios que impulsa el Gobierno?

El Poder Ejecutivo envió al Senado un proyecto de ley que plantea modificaciones en las sanciones por aborto, corrupción y las manifestaciones, entre otros hechos.

Este lunes por la noche el Gobierno envió al Senado un proyecto para modificar el Código Penal que será girado a la Comisión de Justicia y Asuntos Penales. Después de las 21, el Poder Ejecutivo giró a la Cámara Alta el proyecto de ley.

El proyecto es impulsado por el ministerio de Justicia y Derechos Humanos y lo redactó la Comisión para la Reforma del Código Penal de la Nación que fue conformada por magistrados del Poder Judicial, representantes del Ministerio Público Fiscal, del ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del de Seguridad.

El proyecto tiene varias modificaciones en relación a los casos de violencia de género, contempla la «pornovenganza» e introduce cambios respecto de la penalización del aborto. También aumenta penas en casos de corrupción y establece penas para quienes tiren piedras contra las fuerzas de seguridad en manifestaciones o corten el tránsito.

Aborto

Si bien continúa siendo punible el aborto excepto en condiciones especiales, un nuevo artículo abre la posibilidad de que los jueces evalúen cada caso en particular. «El juez podrá disponer que la pena se deje en suspenso o eximirla de ella, teniendo en cuenta los motivos que impulsaron a la mujer a cometer el hecho, su actitud posterior, la naturaleza del hecho y las demás circunstancias que demuestren la inconveniencia de aplicar pena privativa de la libertad», expone el proyecto.

Corrupción y narcortáfico

Según el nuevo proyecto, las penas para delitos de corrupción aumentarán de 4 a 12 años de prisión en especial para el pago de coimas, soborno transnacional y enriquecimiento ilícito de funcionarios. Hasta ahora la pena va de 1 a 6 años.

Este último delito ya no será sólo para los funcionarios públicos, sino también para «todos aquellos sujetos obligados por ley a presentar declaraciones juradas patrimoniales, como por ejemplo los titulares de obras sociales», señala el escrito que presentó el Ejecutivo.

Además de los delitos de corrupción, hay aumento de penas para motochorros y también para los cabecillas de organizaciones de narcotraficantes. Para estos últimos, se eleva la pena hasta 25 años de prisión.

Manifestaciones

Uno de los puntos más controversiales es lo que respecta a la protesta social, ya que el proyecto para el nuevo Código Penal establece penas para quienes arrojen piedras a miembros de las fuerzas de seguridad durante una manifestación y también a quienes «detengan o entorpezcan la marcha de un medio de transporte» público o privado.

Despenalización de drogas

El proyecto despenaliza la tenencia de drogas para consumo personal en escasa cantidad y cuando el consumo sea en ámbitos de privacidad. La normativa llega también para el autocultivo.

Violencia de género

Con respecto a los casos de violencia de género, en el proyecto se le otorga al Estado la facultad de juzgar delitos de violencia de género que sean cometidos en el extranjero en perjuicio de sus nacionales.

Además, para poder juzgar delitos que se cometieron en el pasado y para buscar prevenirlos, se les brinda a los jueces una herramienta llamada «Seguimiento Socio Judicial» con la que se le puede imponer al condenado, una vez cumplida la pena, medidas de vigilancia y asistencia.

También limita la posibilidad de acceder a la libertad condicional en los casos de delitos graves que hayan llevado a la víctima a la muerte o la hayan dejado con graves lesiones en su salud. También corre para los casos de abuso sexual agravado.

En cuanto a los menores de edad abusados sexualmente, se decidió que la prescripción de la acción penal comenzará a correr recién cuando la víctima cumpla la mayoría de edad y pueda tener acceso a la justicia, y no, desde la fecha en la que se cometió el delito.

El proyecto incorpora el acoso laboral, aumenta las penas máximas para el grooming y castiga la tenencia de pornografía infantil, aunque no sea para comercialización, como hasta ahora . Además tipifica la «pornovenganza», agravándose el delito cuando la víctima sea menor de edad, haya habido una relación afectiva o los hechos se cometan con fines de lucro.

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