sábado, julio 31, 2021

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Requerimientos para los que vuelven a La Pampa de zonas con circulación de COVID-19

En la actualidad la Provincia no presenta circulación viral activa de coronavirus. Por este motivo se implementan medidas para evitar su propagación en la comunidad.

Ante la decisión nacional, el Ministerio de Salud de la provincia de La Pampa dictó hoy la Resolución 1260/20 que determina una serie de requerimientos para las personas que regresan a La Pampa desde lugares con circulación de coronavirus COVID- 19, como parte de las acciones preventivas para evitar el contagio.
Por ello el Gobierno de La Pampa requiere para quienes viajen las siguientes recomendaciones:
– Viajar en autos particulares con un solo conductor;
– Notificarse en las camineras de la provincia de La Pampa;
– Reportarse al número 0800 333 1135;
– La persona que regresa y el grupo familiar que la recibe, incluyendo la persona que lo ha trasladado, deberán guardar aislamiento estricto en domicilio comunicado;
– Este aislamiento debe ser de 14 días desde la llegada a la provincia de La Pampa;

Además, en este aislamiento estricto dentro del grupo familiar deben considerar:
– Tener un lugar del domicilio ventilado destinado a ese fin, debe mantener una distancia de dos metros con otros convivientes, no compartir utensilios, ni el baño, higienizarse frecuentemente las manos con agua y jabón, cubrirse la nariz y la boca con el pliegue interno del codo o usar un pañuelo descartable al estornudar o toser;
– No deben salir del domicilio y deben estar asistidos por otras personas para sus necesidades básicas;
– Evitar que dentro de los convivientes estén personas de riesgo (mayores de 60 años o con enfermedades de base);
– Debe limpiarse frecuentemente las superficies y los objetos que se usan con frecuencia;
– Ventilar los ambientes;
– Frente a síntomas: fiebre (a partir de 37,5°), dolor de garganta, tos, dificultad respiratoria, falta de olfato o alteración en el gusto debe consultar telefónicamente al 0800 333 1135. No automedicarse.
Es fundamental que cumplidos los 14 días, previo a finalizar el aislamiento estricto, las personas deben comunicarse al 0800 333 1135 y obtener la autorización de la Autoridad Sanitaria.

Esta Resolución ministerial se dictó en concordancia con el Expediente N° EX2020-26501695 – APN.DGD#MTR, las leyes N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) y N° 27.541, los D.N.U. N° 260 del 12 de marzo de 2020, N° 297 de fecha 19 de marzo, la Decisión Administrativa N° 446 de fecha 1° de abril de 2020, la Resolución N° 48 de fecha 28 de marzo de 2020 del Ministerio del Interior de la Nación y que por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública N° 27.541 y el D.N.U. N° 297/20 ampliatorio de la emergencia pública,
Para más información sobre las recomendaciones para la población y protocolos que se implementan visitar el sitio del Ministerio de Salud de La Pampa (https://www.salud.lapampa.gov.ar/Coronavirus.asp) y/o la página oficial del Gobierno Nacional (https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19/zonas-definidas-transmision-
local). También pueden comunicarse a los teléfonos de consulta disponibles en la Provincia con personal capacitado: 0800 333 1135; (2954) 619130; (2954) 604986 y/o (2302) 531304.

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