(La Arena).- Al menos insólito resulta el acuerdo abreviado por el que un hombre fue condenado ayer, en General Acha, a un año y dos meses de prisión por disparar contra tres vecinos. El episodio había ocurrido el año pasado, en Colonia 25 de Mayo, y la fiscal consideró que se trató de un intento de homicidio. Sin embargo, la querella de las propias víctimas (dos de ellas recibieron impactos de bala en el rostro) desestimó esa carátula, entendió que «no hubo intención de matar» y aceptó un juicio abreviado por «abuso de arma».
De esta manera, el agresor solamente fue condenado a 14 meses de prisión por los delitos de «abuso de arma de fuego en perjuicio de tres personas, portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización y daño». «El conflicto penal se resolvió por el procedimiento de juicio abreviado y todas las partes dieron su consentimiento» informó el área de Prensa del Superior Tribunal de Justicia.
A los tiros.
El episodio se registró el 16 de junio del año pasado, a media tarde, cuando Elio Joel Rojas empezó a disparar desde una ventana de su vivienda con una carabina calibre 22 (sin permiso legal de tenencia ni portación) hacia una casa lindera. El primer disparo dio en la luneta trasera del Chevrolet Corsa de su vecino, a quien el agresor le gritó: «tenés cinco minutos para sacar el auto mugriento que tenés, y todo lo que tenés adentro». Luego le apuntó directamente y volvió a disparar. El hombre recibió un balazo en el pómulo izquierdo.
Rojas apuntó luego a la pareja de su víctima y disparó de nuevo, ocasionándole una herida en el hombro izquierdo. Después disparó también contra un tío de su vecino, quien recibió un balazo en la mejilla derecha. Rojas siguió disparando y otro de sus proyectiles dio en el vidrio de una ventana de otra vecina.
Según el informe del STJ «en un primer momento, cuando la causa estaba por ser elevada a juicio oral, la fiscala de 25 de Mayo, Eugenia Bolzan, acusó a Rojas de tentativa de homicidio, agravado por el uso de arma». Sin embargo, durante una audiencia de ofrecimiento de pruebas, los abogados de la propia víctima, en su condición de querellantes particulares (el ex intendente David Bravo y Juan Carlos Resia) entendieron que «no existió intención de matar» y consideraron que sólo debía ser imputado por «abuso de arma de fuego».
Abreviado.
Entonces, el defensor particular Raúl Alberto Quiroga propuso el juicio abreviado y las partes terminaron poniéndose de acuerdo con esa última calificación. De acuerdo al informe judicial, la fiscalía aceptó el pedido de la querella luego de que se sumaran otros datos: Rojas había denunciado previamente a su vecino por usurpación al considerar que edificó en un terreno que pertenecería, según él, a su padre.
El fallo expresa que «el propio damnificado, representado legalmente por dos profesionales» aceptó los argumentos de la defensa, quien sostuvo que «la intención de Rojas no fue atentar contra la vida» de su vecino, a pesar de que les apuntó a la cabeza y acertó. Frente a la posición asumida por el propio damnificado, «presente al momento de los hechos y principal interesado en el resultado de esta causa, la fiscalía modificará su teoría del caso, en virtud de los nuevos elementos», agrega el fallo.
El juicio abreviado fue presentado por Bolzan y su colega achense Raúl Miguez. Bravo y Resia dieron su consentimiento y la sentencia fue dictada por el juez de control de General Acha, Diego Ariel Asín.