Deportes, Viernes 23 de Diciembre de 2016
Una nota de la entidad madre del fútbol mundial advierte que en caso de que se imponga judicialmente una Asamblea General Extraordinaria para la posterior convocatoria a elecciones pueden «imponer las sanciones pertinentes» entre las que se incluiría dejar a los clubes sin Libertadores y Sudamericana y a la Selección sin Mundial Rusia 2018.
La AFA será suspendida de todas las competencias internacionales si la Justicia dictamina un llamado a Asamblea General Extraordinaria para la posterior convocatoria a elecciones, según una advertencia enviada por la FIFA a la entidad madre del fútbol argentino y a la que tuvo acceso Télam.
La nota de la FIFA, firmada por su secretario adjunto, el ex jugador Zvonimir Boban, llega luego de una medida cautelar solicitada por Argentino de Quilmes ante la Justicia para llamar a Asamblea y posteriores elecciones en la AFA antes del 30 de diciembre y al que la jueza María Romilda Servini decidió dar curso.
EL TEXTO DE LA CARTA ENVIADA POR LA FIFA A LA AFA
«Por este medio acusamos recibo de su correspondencia de fecha 20 de diciembre de 2016, y hemos tomado nota de que su club directamente afiliado, el Club Atlético Argentino de Quilmes, solicitó que se convoque una Asamblea General Extraordinaria antes del 30 de diciembre de 2016 en la que la elección del Presidente de la Asociación del Fútbol Argentino esté en el orden del día».
«Al respecto, quisiéramos recalcar el contenido de los artículos 14 (…), 15 (…) y 19 de los Estatutos de la FIFA, que establecen que cada miembro de la FIFA debe administrar sus asuntos de forma independiente y asegurarse de que no se produzca ninguna injerencia por parte de terceros en sus asuntos internos».
«Recordamos también el articulo 5 de los Estatutos de la AFA que describe la obligación de cada miembro, directo o indirecto, de renunciar a plantear ante la Justicia los litigios que pudieran tener con la AFA, comprometiéndose a someter toda diferencia ante la AFA, la CONMEBOL o la FIFA«.
«Además, resaltamos que de acuerdo al artículo 59.3 de los Estatutos de la FIFA, el recurso ante los tribunales ordinarios está prohibido y todas las asociaciones miembro de la FIFA se comprometen a garantizar que esta disposición sea cumplida por sus afiliados y oficiales, debiendo imponer las sanciones pertinentes a quienes contravengan dicha obligación«.
«Por este medio acusamos recibo de su correspondencia de fecha 20 de diciembre de 2016, y hemos tomado nota de que su club directamente afiliado, el Club Atlético Argentino de Quilmes, solicitó que se convoque una Asamblea General Extraordinaria antes del 30 de diciembre de 2016 en la que la elección del Presidente de la Asociación del Fútbol Argentino esté en el orden del día».
«Al respecto, quisiéramos recalcar el contenido de los artículos 14 (…), 15 (…) y 19 de los Estatutos de la FIFA, que establecen que cada miembro de la FIFA debe administrar sus asuntos de forma independiente y asegurarse de que no se produzca ninguna injerencia por parte de terceros en sus asuntos internos».
«Recordamos también el articulo 5 de los Estatutos de la AFA que describe la obligación de cada miembro, directo o indirecto, de renunciar a plantear ante la Justicia los litigios que pudieran tener con la AFA, comprometiéndose a someter toda diferencia ante la AFA, la CONMEBOL o la FIFA».
«Además, resaltamos que de acuerdo al artículo 59.3 de los Estatutos de la FIFA, el recurso ante los tribunales ordinarios está prohibido y todas las asociaciones miembro de la FIFA se comprometen a garantizar que esta disposición sea cumplida por sus afiliados y oficiales, debiendo imponer las sanciones pertinentes a quienes contravengan dicha obligación».
La idea de la FIFA es que el Comité de Regularización termine su trabajo a mitad de año y, entonces sí, se llame a elecciones para nombrar al sucesor formal de Luis Segura.